Esta es una de las preguntas más habituales y que genera un mayor número de cuestiones en las comunidades de propietarios. Lo primero que debemos comprender es el concepto de «derrama de una comunidad de propietarios». Esta derrama es una cuota extraordinaria que se recauda para hacer frente a un determinado gasto, que no estaba previsto entre los gastos comunes y corrientes (anuales) de la Comunidad. Para lograr la aprobación de una derrama se debe convocar una junta extraordinaria y debe ser aprobada por la mayoría de los propietarios.
¿Es obligatorio pagar una derrama de la comunidad de propietarios?
Pues dependerá del origen de la derrama de la comunidad de vecinos.
Si la derrama de la comunidad es para realizar obras de mantenimiento del inmueble, que garanticen la seguridad y habitabilidad de este todos los propietarios están obligados a su pago.
Si las obras son para realizar innovaciones, nuevas instalaciones, mejoras o servicios no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble y su coste supera el importe de 3 mensualidades ordinarias de gastos comunes: el propietario que vote en contra no estará obligado a su pago, incluso cuando no pueda privársele de la mejora o servicio establecido.
Si la derrama comunitaria es para eliminar barreras arquitectónicas como la instalación de ascensores o rampas, y su coste no supera las 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes (una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas) todos los propietarios están obligados a su pago.
¿Cómo se aprueba una derrama de una comunidad de propietarios?
Pues de nuevo, dependerá de ciertas variables:
La mayoría necesaria para aprobar una derrama varía en función de la naturaleza de las obras. Así por ejemplo, si se trata de una derrama para una instalación o mejora no necesaria, la misma será aprobada siempre que voten a favor 3/5 partes de los presentes en la Junta, y que representen a su vez 3/5 partes de las cuotas de participación.
En cambio, si la derrama a aprobar es para la instalación o adaptación de infraestructuras comunes de telecomunicaciones (la antena colectiva), sería necesario el voto a favor de 1/3 de los presentes en la Junta, y que representen al menos 1/3 de las cuotas de participación.
¿Cómo se establece el importe a pagar en una derrama?
El pago de una derrama se basa en los coeficientes de cada uno de los propietarios de la comunidad. Estos coeficientes son los que aparecen en las escrituras de los inmuebles de la comunidad. Así se reparte de forma proporcional el gasto que de establece en la derrama entre todos los propietarios.
¿Y si un propietario se niega a pagar una derrama?
En el momento que un vecino, decidiera no pagar dicha derrama, automáticamente pasaría a ser “moroso”. Es importante comprender que esta figura de moroso no le impide ejercer su derecho a impugnar judicialmente el acuerdo si no está conforme. Tanto en los casos de derramas para obras necesarias, como en los de obras no necesarias pero que no superan el límite de las 3 mensualidades, todos los propietarios están obligados a pagar, por tanto, si alguno decide no hacerlo, la primera opción (y más recomendable) es una negociación con el propietario moroso para intentar cambiar su parecer, que habitualmente lo puede hacer el administrador de la finca, que tiene experiencia y tiene un punto de vista imparcial en cuanto a la decisión. Si no se consigue, deberíamos convocar una Junta extraordinaria en la que el orden del día sea: reclamación judicial de impagos a ese vecino (o vecinos).
Muchas gracias por vuestro post!!!.
Es importante saberlo.
Saludos.